Crisis de la democracia (fragmento)Norberto Bobbio
Crisis de la democracia (fragmento)

"La teoría neocontractualista de Rawls, que históricamente continúa la gran tradición de pensamiento contractualista que va de Hobbes y Locke a Rousseau y Kant, se sitúa actualmente, junto con la filosofía analítica, en el ámbito de esa corriente que, en contra de las posiciones subjetivistas y emotivistas características del más radical empirismo lógico, tiende a reforzar la racionalidad de la ética (Hare, Baier, Toulmin, Brandt, Frankena, Urmson, Chisholm, etc.). Una forma de entender la teoría contractualista de Rawls es, de hecho, la de ver en ella una propuesta de establecimiento racional de los valores, o mejor de ciertos valores, lo que equivale a decir una propuesta de cuáles deben considerarse como buenas razones para dar la propia adhesión a determinados principios (de justicia) más que a otros.
Como es sabido la idea fundamental de Rawls es la siguiente: se imagina que unos sujetos racionales son llamados para decidir libre e imparcialmente -o sea, "velo de ignorancia" que impide en modo igual a cada uno cualquier conocimiento particular de sus propias futuras preferencias, de sus propias intenciones, valores y planes de vida- sobre cuáles principios generales deben ser modeladas las instituciones fundamentales de la sociedad en la que posteriormente ellos y sus descendientes deberán vivir. Pues bien, la propuesta de Rawls es que sean considerados principios aceptables de justicia (de las instituciones) esos principios sobre los que se pondrán de acuerdo por unanimidad las partes en semejante eventualidad contractual imaginaria; o sea, el hecho de que unos seres racionales, en una situación contractual del tipo indicado, acepten por unanimidad ciertos principios (de justicia) más bien que otros, debe considerarse, según Rawls, una buena razón (o tal vez incluso una razón concluyente) para considerar a esos principios, antes que otros, como válidos, razonables o aceptables. "



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